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abril 27, 2024
abril 3, 2021
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A partir de las 20:00 ningún ciudadano puede estar en la calle salvo que se trate de un trabajador de la primera línea o de servicios estratégicos

Una vez que el presidente de la República decretó el estado de excepción en 8 provincias del país, incluida Guayas, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal de Guayaquil emitió nuevas resoluciones.

El estado de excepción, que ya rige en la provincia del Guayas, establece un toque de queda de 20:00 a 05:00 del 2 al 9 de abril de 2021. Por ello queda sin efecto la suspensión de las operaciones comerciales a las 16:00 en Guayaquil.

Cabe destacar que a partir de las 20:00 ningún ciudadano puede estar en la calle salvo que se trate de un trabajador de la primera línea o de servicios estratégicos. Para ellos no rigen las restricciones de circulación o movilización.

De igual manera el transporte público, en todas sus modalidades, operará fuera del horario de toque de queda para garantizar la movilidad de los trabajadores de la primera línea o de servicios estratégicos.

Asimismo, el servicio de delivery podrá desarrollar sus actividades sin restricción alguna.

El control del toque de queda estará a cargo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, que contarán con el apoyo de los uniformados de la Agencia de Transporte y Movilidad (ATM) y demás cuerpos y direcciones municipales.

En concordancia con el estado de excepción habrá una restricción para vehículos particulares que funcionará entre el 2 y 9 de abril de la siguiente manera:

  • Vehículos con placa par no podrán circular los días lunes, miércoles, viernes y domingo 4 de abril
  • Vehículos con placa impar no podrán circular los días martes, jueves y sábado.

    También está prohibida la venta de bebidas alcohólicas de lunes a jueves, a partir de las 18:00. Los días viernes, sábado y domingo se prohíbe totalmente la venta y consumo de las mismas.

  • Además el literal D de las resoluciones del COE Nacional del 2 de abril de 2021

    ordena “restringir al máximo posible la jornada laboral presencial en el sector

    público, como regla general se priorizará el teletrabajo (…) será de

    responsabilidad de las máximas autoridades de cada institución asegurar la

    atención y prestación de servicios públicos con el objeto de evitar inconvenientes

    a la ciudadanía”.

    También están suspendidas las actividades en gimnasios, centros de entrenamiento físico, canchas, cines, teatros, parques y malecones. Los comercios y restaurantes solo pueden operar con un aforo del 50%.

    El COE Cantonal recuerda a la ciudadanía que las contravenciones a sus disposiciones serán sancionadas conforme a lo establece el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

    Estas disposiciones tienen como objetivo reducir el número de contagios y muertes de COVID-19 que han aumentado en los últimos días en Guayaquil. Por ello las autoridades solicitan la colaboración de la ciudadanía para contener la pandemia.

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