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Presidente Moreno le concedió 66 indultos a PPL

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El presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, concedió 66 indultos conmutativos (cambios de pena) a favor de las personas privadas de libertad (PPL) que pertenecen a los grupos de atención prioritaria y con doble vulnerabilidad. Esto fue aplicado exceptuando a personas condenadas por «delitos contra la integridad sexual y reproductiva, contra la eficiencia de la administración pública, en contra de la inviolabilidad de la vida, delitos violentos y por infracciones dolosas de mayor gravedad […]».

A los indultos acceden PPL con sentencias ejecutoriadas con las siguientes condiciones:

1. Adultos mayores. 2. Mujeres que habitan con niñas y niños de edades inferiores a tres años en los

centros de rehabilitación social. 3. Personas con discapacidad. 4. Personas con enfermedades catastróficas y crónicas que pudieran producir

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graves secuelas en su salud ante un eventual contagio de COVID-19.

El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) será el encargado de dictar las normas de seguridad, modalidad, actividades, cronograma y demás regulaciones enfocadas en el servicio comunitario, y otros aspectos necesarios para la implementación de este beneficio.

Como parte del proceso, el SNAI realizó un minucioso análisis de los expedientes mediante los equipos técnicos de los centros de privación de libertad, así como de Planta Central. El objetivo es que se cumplan todos los requisitos legales establecidos y de esa manera emitir los informes motivados pertinentes a la Presidencia. Es importante recalcar que quienes accedieron a los indultos no constituyen un riesgo para la seguridad de la ciudadanía.

Estas acciones se ejecutan en apego irrestricto a la Constitución del Ecuador, específicamente, al Código Orgánico Integral Penal. El numeral 18 del artículo 147 de la Carta Magna faculta al Presidente Constitucional a indultar, rebajar o conmutar penas de acuerdo con la ley.

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