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Decreto Ejecutivo No. 190: Reducción del IVA para Actividades Turísticas, durante Semana Santa
El 4 de marzo de 2024, el Presidente de la República firmó el Decreto Ejecutivo No. 190, el cual establece una importante modificación en la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a las prestaciones de servicios relacionados con actividades turísticas en el país en semana santa.
En virtud de este decreto, se dispuso la reducción de la tarifa del IVA del 12% al 8% para las actividades turísticas definidas en la Ley de Turismo. De acuerdo con el Artículo 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas aquellas realizadas por personas naturales o jurídicas que se dediquen de manera remunerada y habitual a una o más de las siguientes actividades:
1. Alojamiento: Comprende los servicios de hospedaje ofrecidos a los turistas en hoteles, hostales, posadas, entre otros establecimientos.
2. Servicio de alimentos y bebidas: Incluye la prestación de comidas y bebidas a los turistas en restaurantes, cafeterías, bares, entre otros establecimientos gastronómicos.
3. Transportación: Se refiere a los servicios de transporte destinados principalmente al turismo, abarcando tanto el transporte aéreo, marítimo, fluvial y terrestre, así como el alquiler de vehículos con fines turísticos.
4. Operación turística: Cuando las agencias de viajes incluyen dentro de sus servicios la provisión de transporte, dicha actividad se considerará parte de la gestión de viajes turísticos.
5. Intermediación y organización de eventos: Incluye las actividades de intermediación turística, agencias de servicios turísticos y la organización de eventos, congresos y convenciones para promover el turismo en el país.
Además, se ha extendido la aplicación de la reducción del IVA al 8% a otras actividades relacionadas con el turismo, tales como casinos, salas de juego (bingo-mecánicos), hipódromos y parques de atracciones estables. La reducción del IVA al 8% estará vigente en Ecuador durante los días viernes 29 de marzo, sábado 30 de marzo y domingo 31 de marzo.
Esta medida busca fomentar la actividad turística en el país, incentivar el turismo interno y externo, así como promover el desarrollo económico del sector. En resumen, el Decreto Ejecutivo No. 190 representa un importante impulso para el sector turístico y para las actividades vinculadas al turismo en Ecuador, contribuyendo a fortalecer la competitividad del país como destino turístico en la región.