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Fiscalía dictó prisión preventiva para uno de los pirómanos de Quito

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Un juez de Garantías Penales ha considerado que la solicitud de prisión preventiva para Jerson Smith C. A., procesado por el delito de incendios forestales y de vegetación, está debidamente fundamentada. Esta decisión se dio tras los eventos ocurridos la noche del 25 de septiembre de 2024, en la intersección de la Av. El Inca y Las Toronjas, al norte de Quito.

Durante la audiencia de flagrancia y formulación de cargos, el fiscal en turno expuso que un testigo ocular vio a Smith C. A. iniciando un fuego en la Av. Eloy Alfaro y Palmeras, un área cercana a vegetación seca. El incendio fue controlado gracias a la rápida acción de varios ciudadanos, evitando que se extendiera más. El testigo grabó al individuo en el acto, y este material fue proporcionado a las autoridades como evidencia.

La policía logró detener a Jerson Smith C. A. cerca del lugar de los hechos. Llevaba ropa que coincidía con la del sujeto capturado en el video. La evidencia presentada por la Fiscalía incluyó el video, la denuncia del testigo, una denuncia adicional por parte del Municipio de Quito, y el testimonio del policía que efectuó la captura. Al realizarle un registro, se encontró en posesión de Jerson Smith C. A. una fosforera y cables incinerados.

El Juez, al evaluar los elementos presentados, encontró suficientes indicios para presumir la comisión del delito, destacando que la gravedad del hecho fue mitigada solo por la pronta acción ciudadana. Por lo tanto, dictaminó la prisión preventiva para el acusado hasta su juicio directo programado para las 09:30 del 17 de octubre de 2024.

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El delito por el cual se procesa a Jerson Smith C. A. está tipificado en el artículo 246, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual establece una pena de uno a tres años de prisión. La instrucción fiscal tiene un plazo de veinte días para concluir, y el procedimiento directo se justifica por tratarse de un delito flagrante con una pena máxima que no supera los cinco años de privación de libertad, conforme al artículo 640 del mismo código.

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