Política
Corte Constitucional Rechaza Propuesta de Noboa sobre Privados de Libertad
La Corte Constitucional de Ecuador ha descartado la posibilidad de eliminar a las personas privadas de libertad de los grupos prioritarios, tal como lo proponía el presidente Daniel Noboa en su reforma constitucional. Esta decisión se enmarca en el análisis de una serie de propuestas de reformas parciales presentadas por el mandatario en los últimos meses.
El 16 de septiembre de 2024, Noboa envió una reforma para permitir el establecimiento de bases militares extranjeras en territorio ecuatoriano, la cual fue evaluada y dictaminada por la Corte el 3 de octubre de 2024. Posteriormente, el 20 de septiembre de ese mismo año, otra reforma fue propuesta, esta vez para eliminar el financiamiento estatal a organizaciones políticas.
Sin embargo, la propuesta más reciente, presentada el 6 de noviembre de 2024, apuntaba a reformar parcialmente la Constitución para excluir a las personas privadas de libertad del artículo 35, que les otorga la condición de grupo prioritario. Este artículo garantiza atención prioritaria y especializada en ámbitos tanto públicos como privados a ciertos grupos vulnerables, incluyendo a los privados de libertad.
La Corte Constitucional, en su resolución, argumentó que las reformas constitucionales deben ser vistas como modificaciones sistémicas que afectan de manera integral el sistema jurídico del país. Destacó la importancia de respetar los límites y requisitos establecidos por la Constitución, asegurando que cualquier reforma tenga un propósito claro y teleológico, es decir, que persiga objetivos específicos de bienestar social y jurídico.