Política
Javier Robalino Orellana plantea textos alternativos sobre resoluciones y recursos de revisión en la reforma al Código Tributario
El experto en derecho tributario Javier Robalino Orellana presentó propuestas de ajuste a los artículos 132 y 143 del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario, en el marco del debate previo al informe para segundo debate en la Comisión de Régimen Económico. Durante su intervención, Robalino propuso modificaciones clave para mejorar la eficiencia y la equidad en los procesos tributarios, en beneficio tanto de los contribuyentes como de la administración tributaria.
En relación con el artículo 132, que establece que la administración tributaria debe emitir y notificar la resolución en un plazo máximo de 120 días hábiles a partir del día hábil siguiente a la presentación del reclamo, el experto sugirió un ajuste que permita que la suspensión del plazo concluya una vez que la autoridad tributaria presente los reparos al acta borrador del proceso de auditoría. De esta forma, el procedimiento podría continuar sin dilaciones innecesarias, lo que mejoraría la eficiencia del proceso y evitaría retrasos que perjudiquen a los contribuyentes.
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Respecto al artículo 143, que otorga a la máxima autoridad de las administraciones tributarias la potestad extraordinaria de iniciar la revisión de actos administrativos firmes o resoluciones ejecutoriadas, ya sea de oficio o por pedido del contribuyente, Robalino recomendó un ajuste para asegurar un trato igualitario entre ambas partes. Sugirió que el inicio del proceso de revisión pueda ser tanto por iniciativa de la autoridad como a petición del sujeto pasivo, lo que garantizaría un acceso más equilibrado a la revisión de actos administrativos. Además, propuso la inclusión de una disposición transitoria para depurar los recursos de revisión pendientes que aún no han sido atendidos, con el fin de agilizar la resolución de los casos pendientes.
En su intervención, Robalino recordó que el recurso de revisión tiene una larga tradición en la legislación ecuatoriana, inspirado en el Código Tributario mexicano y con raíces en las leyes franco-españolas. Este recurso se considera una forma excepcional de impugnación en el ámbito tributario, diseñado para garantizar la justicia y el equilibrio en la relación entre los contribuyentes y la administración tributaria. Según el experto, su aplicación adecuada resulta fundamental para la protección de los derechos de los contribuyentes y para la correcta interpretación de la normativa tributaria.
La propuesta de Robalino tiene como objetivo fortalecer la seguridad jurídica y la eficiencia en los procesos tributarios, al mismo tiempo que busca evitar arbitrariedades en la aplicación de las leyes. Además, sugiere asegurar un trato igualitario entre las partes involucradas, lo que contribuiría a una mayor confianza en el sistema tributario y a una aplicación más justa de la normativa.
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