La Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor) se pronunció sobre la sentencia emitida el 11 de diciembre de 2025 por la Corte Constitucional, que declaró inconstitucional el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica. La decisión impide al Estado concesionar la prestación del servicio eléctrico al sector privado invocando motivos de interés público, colectivo o general.
Fedexpor señaló que esta resolución restringe la capacidad del país para atraer y canalizar inversión privada en el sector eléctrico, especialmente en momentos de presión sobre el sistema. La organización considera que la limitación podría retrasar la incorporación oportuna de nuevas capacidades generadoras, lo que comprometería la continuidad y estabilidad de la actividad productiva nacional.
La federación subrayó que un suministro eléctrico confiable es fundamental para proteger más de 1,3 millones de empleos formales directamente vinculados al sector exportador, así como para sostener el crecimiento económico del país. Según Fedexpor, la sentencia representa un obstáculo para el desarrollo de infraestructura energética necesaria en un contexto de demanda creciente.
El pronunciamiento se suma a las críticas expresadas por el presidente Daniel Noboa, quien calificó la decisión como un “cálculo político” que niega empleo, energía y estabilidad a las familias ecuatorianas. Fedexpor hizo un llamado a las autoridades para evaluar alternativas que permitan avanzar en soluciones estructurales al problema energético sin menoscabar la inversión privada.
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