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Asamblea Nacional aprobó proyecto de Ley de Protección de Datos Personales

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El pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó, este lunes 10 de mayo, por unanimidad con 118 votos afirmativos, el proyecto de Ley de Protección de Datos Personales, que fue entregado el pasado 19 de septiembre de 2019 por la Presidencia de la República con el fin de contar con una normativa que permite el ejercicio constitucional para para protección de datos personales de los ciudadanos.

El Jefe de Estado, a través de un mensaje en su cuenta oficial de Twiiter (@Lenin), se congratuló de esta aprobación: “La Asamblea Nacional, por unanimidad (118 de 119 asambleístas), votó a favor de la Ley de Protección de Datos Personales que presentamos con el ministro Andrés Michelena en septiembre 2019. Este cuerpo legal blindará más y mejor la información privada de los ecuatorianos”

Esta ley, que fue planteada por el Gobierno, a través del Ministerio de Telecomunicación y de la Sociedad de la Información (Mintel) y la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), dará directrices claras a los responsables del tratamiento, personas públicas y privadas, para que puedan procesar y tratar datos personales con criterios de protección y respeto a los titulares de estos.

Para la directora nacional de Registro de Datos Públicos, Lorena Naranjo, esta aprobación es un hito para el país, pues permitirá al Ecuador estar “al mismo nivel de otros países para que nuestros ciudadanos tengan derechos de acceso, rectificación, oposición y eliminación de aquellos datos incorrectos que pudieran estar almacenados en bases de datos y que pudieran perjudicar derechos”.

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La nueva ley, señalaron los asambleístas Dennis Marín, César Carrión, Jaime Olivo y Fernando Flores -este último presidente de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral que analizó el proyecto- guarda aspectos importantes como el ámbito de aplicación, tanto para el sector privado como para el público; además tendrá efecto de extraterritorial, es decir, si una empresa instalada fuera de territorio ecuatoriano, recolecta y procesa datos de sus ciudadanos, estará sujeta a lo que establece la norma ecuatoriana. El ejercicio de la norma no obstaculizará el flujo de datos (flujos transfronterizos).

La nueva normativa materializa el derecho de la ciudadanía contemplado en el artículo 66, numeral 19, de la Constitución de la República del Ecuador que reconoce a la protección de datos de carácter personal, esto porque protege a los individuos, garantiza derechos, fomenta la transparencia y la democracia, dinamiza la economía y favorece la innovación.

Expertos nacionales e internacionales participaron en las mesas de trabajo para analizar esta iniciativa legal, quienes ratificaron que la mala utilización de los datos personales genera serios problemas para la sociedad y las instituciones, por lo que es necesario que el Ecuador tenga esta normativa.

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