La Corte Nacional de Justicia declaró improcedente la acción de hábeas corpus correctivo presentada en favor de Wilman Terán, expresidente del Consejo de la Judicatura y procesado en el caso Metástasis. La decisión fue tomada de forma unánime por el tribunal integrado por los jueces Hipatía Ortiz, Milton Velásquez y Cristina Terán.
Los magistrados concluyeron que no se cumplían los requisitos legales establecidos en la normativa para que procediera esta garantía constitucional. Con esta resolución quedan sin efecto las peticiones planteadas, entre ellas el traslado inmediato del procesado a una casa de salud en la capital, la sustitución de la prisión preventiva por otras medidas cautelares y la solicitud de una compensación económica por supuestos daños ocasionados.
La resolución se fundamentó en los informes remitidos por el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) y el Ministerio de Salud Pública. Ambas instituciones detallaron que Terán, conocido con el alias “Diablo” dentro de la investigación por presunta delincuencia organizada, recibe atención médica y psicológica acorde a su condición de salud actual en el centro penitenciario donde permanece.
Con esta determinación judicial, se mantiene la medida de prisión preventiva que pesa sobre el exfuncionario judicial desde su detención en el marco del caso Metástasis. La defensa de Terán aún puede interponer los recursos que considere pertinentes dentro del plazo legal establecido.