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mayo 3, 2024
agosto 7, 2020
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Prohibidas las reuniones sociales y ejecutivas en domicilios de Samborondón

El Concejo Cantonal de Samborondón aprueba por unanimidad la Ordenanza de control de reuniones sociales-familiares y ejecutivas en domicilios del cantón.

La finalidad de esta es promover la seguridad y la salud de los ciudadanos del cantón, mediante la aplicación de medidas para la prevención de riesgos en reuniones sociales-familiares y ejecutivas. Las reuniones pueden ser consideradas como fiestas, matrimonios, bautizos, cumpleaños, entre otros.

En la ordenanza se estipula que quedan expresamente prohibidas las reuniones sociales-familiares y ejecutivas o de cualquier índole que agrupen a más de 25 personas en un domicilio, que se realicen pasando las 22h30 y que no aseguren el distanciamiento social mínimo requerido (2 metros entre personas), no utilicen sistemas de ventilación adecuados y no cumplan con las medidas de bioprotección.

Dichas prohibiciones también se extienden a reuniones que se lleven a cabo en las áreas sociales, casas clubs, áreas comunes o similares áreas de dominio privado. En caso de incumplir con la norma, se sancionará con una multa de un Salario Básico Unificado (SBU). En caso de reincidencia, la sanción será el doble de la primera sanción establecida. En caso de concurrir en varias prohibiciones, se sancionará con el doble de la multa.

Las multas serán acumulables cada vez que se infrinja la disposición. A efectos de la sanción, esta será impuesta al dueño o dueños de la vivienda o predio particular donde haga reunión o evento social. En caso de incumplimiento de las sanciones establecidas en los plazos de ley, se emitirá el correspondiente título de crédito para el inicio del proceso coactivo.

La sanción será aplicada por los Comisarios Municipales, quienes trabajarán de forma coordinada con la Policía Nacional y Policía Municipal. Las denuncias respectivas deben realizarse al ECU 911.

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