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abril 29, 2024
septiembre 4, 2023
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OPINIÓN | La Corte Constitucional vulnera la democracia

POR: Dirección Legal    Dignidad y derecho 

En medio de una crisis de gobernabilidad y a puertas de un evento electoral presidencial precoz, la Corte Constitucional avanza sin dilación su agenda al margen de los requerimientos del ciudadano de a pie. Esta vez se trata de la Ley que regula la interrupción del embarazo en caso de violación, que en su momento fue debatida y aprobada por la Asamblea.

Algunos jueces han intervenido en 5 de 11 acciones de inconstitucionalidad admitidas a trámite contra la LORIVE que fue expedida el 29 de abril de 2022. En estas causas, varios jueces han incurrido en falta de parcialidad en los procedimientos, inconsistencias y contradicciones jurídicas. Entre ellas, eliminaron los requisitos para comprobar la existencia de violación exigidos en su sentencia del 2019 y que dio origen al cuerpo legal.

En este proceso, los jueces han suspendido por medio de medidas cautelares artículos sustanciales de la LORIVE, mutando el espíritu de la ley y vulnerando derechos constitucionales como: 

  1. el consentimiento informado de las mujeres, por cuanto no se les da alternativas al someterse a un aborto, 
  2. la patria potestad -con lo cual niñas y adolescentes pueden acceder al aborto sin el consentimiento de sus padres,
  3. la objeción de conciencia personal, colectiva e institucional del personal de salud y su derecho a la defensa en caso de denuncias,
  4. la reparación integral de las víctimas de violación, por cuanto elimina el deber de denuncia y deja en impunidad la violación,
  5. la vida de los niños por nacer por cuanto se eliminan los requisitos de acceso al aborto 
  6.  y se permite el tratamiento y comercialización de sus cadáveres y órganos después del aborto.

Paralelamente, el Ministerio de Salud ha difundido de forma arbitraria los «Lineamientos para la Atención Integral y Acceso Efectivo a Interrupción Voluntaria del Embarazo por Violación» que exige una serie de condiciones y requisitos -no incluídos en la Ley- que el personal de salud debe cumplir para poder acogerse a su derecho a la objeción de consciencia.  De esta forma, no sólo se vulnera el derecho a la objeción de conciencia, sino también la prohibición constitucional de no imponer condiciones o requisitos no contenidos en la ley y de no restringir el contenido de los derechos constitucionales.

Además de las inconsistencias y la gravedad de vulnerar derechos consagrados en la Constitución, se suspende el deber de denunciar el delito del aborto lo que impide que fiscalía y la administración de justicia puedan contar con los elementos necesarios para la investigación de los delitos de violación y aborto consentido, dejando en la  indefensión y a merced de tráfico y explotación sexual a niñas, adolescentes y mujeres en el país  Esto contribuye a que se siga normalizando y favoreciendo la impunidad contra la violencia sexual, considerando que más del 32% de mujeres han sufrido mínimo una violación a lo largo de su vida, la mayor parte en su propio entorno familiar.

La organización Dignidad y derecho presentó varias acciones que van desde la solicitud de revocatoria de medidas cautelares; amicus curiae con argumentos científicos y técnicos que sustentan las disposiciones de la LORIVE; pedidos de recusación contra determinados jueces constitucionales en esta y otras causas relacionadas con el aborto. No obstante, la CC no ha dado paso a las acciones presentadas y ha negado el pedido de recusación alegando que Dignidad y derecho no está legitimada para solicitar dicha recusación.

Mientras el país y la opinión pública se enfoca en el inminente proceso electoral, la Corte Constitucional dilata procesos emergentes pero prioriza imponer su postura frente al aborto, vulnerando el proceso democrático de formación de leyes, una razón más para que la actual percepción de una Corte parcializada tome fuerza en la ciudadanía.

Las opiniones de este artículo son de exclusiva responsabilidad de Dirección Legal    Dignidad y derecho 

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