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Corte Constitucional de Ecuador Declara Inconstitucional la «Ley Antipillos»

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En una decisión histórica, la Corte Constitucional del Ecuador dictaminó este viernes que el Presidente de la República no tenía la autoridad para promulgar ni ordenar la publicación en el Registro Oficial de la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, conocida popularmente como «ley antipillos». En una sesión celebrada el 23 de enero de 2024, los jueces de la Corte votaron unánimemente a favor de una acción pública de inconstitucionalidad presentada contra dicha normativa.

La decisión de la Corte no solo invalida la ley, sino que además ordena su expulsión del ordenamiento jurídico ecuatoriano, eliminando así cualquier posibilidad de su aplicación. Esta ley, que tenía como objetivo mejorar la recaudación tributaria y combatir el lavado de activos, fue cuestionada por supuestos vicios de procedimiento y por posibles violaciones a principios constitucionales.

La Corte Constitucional, en su fallo, aclaró que, aunque la «ley antipillos» ha sido declarada inconstitucional, el Presidente de la República mantiene intacta su facultad constitucional para proponer un nuevo proyecto de ley si lo considera necesario. Este punto subraya la separación de poderes y la posibilidad de que el Ejecutivo pueda abordar nuevamente el tema, pero bajo un marco legal y constitucional revisado.

Esta resolución ha generado un amplio debate sobre las estrategias para combatir el lavado de dinero y aumentar la recaudación fiscal sin violar derechos constitucionales. Además, pone en evidencia la importancia del control constitucional en la preservación del Estado de Derecho en Ecuador.

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La decisión de la Corte Constitucional no solo marca un precedente en la interpretación y aplicación de la ley en Ecuador sino que también abre la puerta a un posible reajuste en las políticas públicas relacionadas con la fiscalidad y la lucha contra el crimen financiero, todo ello dentro de un marco legal que respete plenamente la Constitución.